PONS Seguridad Vial, empresa líder en consultoría estratégica pública y privada, ha publicado un informe en el que tras analizar las cifras de siniestralidad vial registradas en 2014 pone de manifiesto la necesidad de acometer una Estrategia Integral de la Carretera convencional 2015 – 2020 con el objetivo de lograr una reducción de hasta un 20%  en el número de víctimas mortales en los próximos años y con ello, superar la cifra psicológica de los 1.000 fallecidos por primera vez en la historia de nuestro país.

Así, mientras las vías de gran capacidad continúan reduciendo el número de fallecidos, las carreteras convencionales aumentan el protagonismo en la siniestralidad. En 2013, de los 1.134 fallecidos, 272 se produjeron en autopistas y autovías y 862 en carreteras convencionales. En 2014, 237 tuvieron lugar en las primeras ( -13 %) y 894 en las segundas (+4%).

En opinión de Ramón Ledesma, asesor de PONS Seguridad Vial y autor del informe, para el diseño de las medidas, objetivos y compromisos de la Estrategia se deberá contar con la participación de todos los Agentes implicados, como son por ejemplo los titulares de la vía, las asociaciones de usuarios, los fabricantes de vehículos y las administraciones competentes en la vigilancia y disciplina del tráfico, entre otros.

Como punto de partida, el informe contempla que el liderazgo respecto de las medidas para la reducción efectiva de la siniestralidad vial sea la inclusión en el próximo reglamento de Circulación del límite general de 100 a 90 km/h en el conjunto de vías secundarias. Esta medida, según el informe, conllevaría además de una reducción estimada en hasta un 20% el número fallecidos una serie de ventajas inherentes como:

  1. Incremento del control del vehículo en caso de posible conflicto.
  2. Consecuencias menos lesivas en caso de accidente.
  3. Incremento de la percepción de riesgo. La reducción de este límite de velocidad de tres dígitos (100 km/h) a un límite con dos dígitos (90 km/h) implica dos importantes ventajas: ayuda a centrar el foco de atención a toda la población conductora sobre el nivel de riesgo vial y facilita la transición entre vía convencional y autopista.
  4. Mínima afectación. El factor velocidad en el tráfico interurbano resulta importante cuando debemos desarrollar un desplazamiento de largo recorrido, no tanto en los trayectos de corto recorrido en vías de doble sentido de circulación.
  5. Justificación normativa obsoleta. El origen normativo del actual límite de velocidad de 100 km/h en carreteras convencionales se produce en el Reglamento General de Circulación del año 1992. En esta época España no contaba con la actual Red de Autopistas y Autovías y las razones de su puesta en marcha no se justifican hoy con la calidad de nuestra red viaria.
  6. Fomento indirecto en el uso de autopistas de gran capacidad.

 

EL LÍMITE DE 100 KM/H, UNA ANOMALÍA EN ESPAÑA Y EN LA UNIÓN EUROPEA

Por último, Ramón Ledesma reclama en el informe la vuelta a la normalidad europea de un límite que es una excepción, además de suponer una anomalía normativa en España desde hace 25 años, también lo es en el ámbito de los países de nuestro entorno en la Unión Europea. “Si España desea seguir liderando el ranking mundial en seguridad vial, no deberíamos encontrarnos en este grupo de las excepciones”, concluyó el asesor de PONS Seguridad Vial.

Del conjunto de países de nuestro entorno, solo Alemania y Austria tienen establecido un límite de 100 km/h en las carreteras convencionales ya que por regla general, en Europa los límites están establecidos entre los 80 y 90 km/h. De los cuatro países con mejor índice de siniestralidad vial que España, Suecia tiene establecido un límite de 70km/h, el de Reino Unido se encuentra en 96km/h, mientras que Dinamarca y Holanda lo tienen establecido en 80 km/h.

Del resto de países relevantes de nuestro entorno Italia, Francia, Grecia, Eslovaquia,  Bulgaria, Croacia, República Checa, Hungría, Luxemburgo, Rumanía, Polonia, Bélgica han impuesto un límite de 90 km/h, reduciéndose hasta 80km/h en países como, Chipre, Finlandia, Macedonia, Malta, Noruega, Bosnia e Irlanda el límite es de 80 km/h.

_______________________________________

Descarga la Nota de Prensa completa aquí.
Consulta el Informe completo en nuestra sección de Informes o haciendo clic directamente aquí.