El pasado 21 de diciembre, se publicó en el BOE, las modificaciones del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. El permiso de conducir por puntos ha sido la herramienta más eficaz para contribuir a la reducción de la siniestralidad en las carreteras y ciudades de nuestro país. Varios estudios específicos sobre esta materia indican que en torno al 15% de la reducción que se produjo entre los años 2005 y 2009 se debió directamente al impacto del permiso por puntos y, quizá más importante aún, contribuyó de manera decidida a que se interiorizara cuáles son los comportamientos y actitudes que suponen mayor peligro en la conducción.
Tras varios años de experiencia en la aplicación del permiso por puntos y como también ha venido sucediendo en otros países que disponen de sistemas similares, es el momento de proceder a su actualización, manteniendo un modelo que se estima válido, pero incidiendo en aquellos aspectos que requieren de modificación, con el principal objetivo de mejorar la eficacia del sistema y reforzar la seguridad vial.
El objeto de la reforma tiene como objetivo la reducción del número de accidentes, para ello, se centra principalmente en la revisión de las infracciones que detraen puntos; adaptándolas a las nuevas demandas de nuestra época, como es el uso del móvil, que está más que demostrado que es el principal causante de las distracciones al volante, y éstas a su vez la principal causa de accidentalidad en nuestras vías.