El comúnmente conocido como permiso de conducir por puntos ha sido la herramienta más eficaz para contribuir a la reducción de la siniestralidad en las carreteras y ciudades de nuestro país.
Varios estudios específicos sobre esta materia indican que en torno al 15 % de la reducción de los accidentes que se produjo entre los años 2005 y 2009 se debió directamente al impacto del permiso por puntos y, quizá más importante aún, contribuyó de manera decidida a que se interiorizara cuáles son los comportamientos y actitudes que suponen mayor peligro en la conducción.
Aunque la eficacia del permiso por puntos es incuestionable, hacía falta una actualización a los nuevos tiempos. En especial, en relación a infracciones relativas al uso del móvil, al ser una de las principales causas de accidentalidad desde hace ya algunos años. Teniendo en cuenta, que cuando entró en vigor el permiso por puntos, el uso del móvil era anecdótico si lo comparamos con el uso que se hace a día de hoy. Además, se han “endurecido” algunas de las infracciones al ser vitales para la seguridad vial, como es el uso del cinturón de seguridad, el casco o los sistemas de retención infantil.

Así recordemos que el número de puntos tras obtener el primer permiso de conducción es de 8 puntos y que este número va creciendo con el paso de los años hasta llegar a los 15 puntos, siempre y cuando no cometas infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos.

 

El número de puntos asignado al titular de un permiso o licencia de conducción se verá reducido por cada sanción firme en vía administrativa que se le imponga por la comisión de infracciones graves o muy graves que lleven aparejada la pérdida de puntos. Pero no perderán más de ocho puntos por acumulación de infracciones en un solo día, salvo que concurra alguna de las infracciones muy graves, en cuyo caso perderán el número total de puntos que correspondan.
Transcurridos dos años sin haber sido sancionados en firme en vía administrativa, por infracciones que impliquen la pérdida de puntos, los titulares de los permisos o licencias afectados por la pérdida parcial de puntos recuperarán el crédito inicial de 12 puntos.

Infracciones

Las infracciones las podemos diferenciar en:

> MUY GRAVES serán sancionadas con multa de 500 €.
> GRAVES serán sancionadas con multa de 200 €.
> LEVES son las no calificadas como graves o muy graves y serán sancionadas con multa de hasta 100 €.

En el caso de negarse a realizar las pruebas de detección de alcohol y drogas o cuando se conduzca bajo los efectos de drogas o si es bajo los efectos de alcohol con una tasa superior al doble de la permitida o cuando ya haya sido sancionado por superar la tasa de alcohol permitida en el año inmediatamente anterior, la multa será de 1.000 €. La cuantía económica de las multas podrá incrementarse en un 30% en atención a la gravedad y trascendencia del hecho, los antecedentes del infractor y a su condición de reincidente, el peligro potencial creado para él mismo y para los demás y al criterio de proporcionalidad.

Las infracciones que conllevan la pérdida de puntos son las siguientes

En relación al alcohol y los estupefacientes
6 puntos Si supero en más del doble la tasa máxima de alcohol permitida.
6 puntos Si me niego a someterme a las pruebas de detección.
6 puntos Si conduzco con presencia de drogas en el organismo.
4 puntos Si supero la tasa máxima de alcohol permitida.

En relación a la conducción

6 puntos Si conduzco de forma temeraria.
6 puntos Si circulo en sentido contrario o en competiciones no autorizadas.
6 puntos Por llevar instalados en el vehículo inhibidores de radares o cinemómetros.

En relación a los adelantamientos:

4 puntos Si pongo en peligro a otros usuarios o adelanto en lugares con poca visibilidad.
6 puntos Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros.
4 puntos Si no mantengo la distancia de seguridad con el que precede.

Exceder los límites de velocidad también puede conllevar la pérdida de puntos y multas de entre 100 y 600 euros, dependiendo de la gravedad.

Por mi comportamiento como conductor:

6 puntos Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce.
6 puntos Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes.
4 puntos Por conducir vehículos sin el permiso que me habilite.
4 puntos Por dar marcha atrás en autopista y autovía.
4 puntos Por conducir vehículos con el permiso o licencia suspendido.
4 puntos No utilizar el cinturón, sistemas de retención infantil o casco.
3 puntos Por cambiar el sentido de la marcha donde esté prohibido.
3 puntos Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos o manteniendo ajustado entre el casco y la cabeza el móvil, utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores, etc. así como el móvil (salvo llevarlo sujeto que son 6 puntos).
3 puntos Conducir vehículos que lleven mecanismos de detección de radares o cinemómetros.

En relación a la señalización
4 puntos Por incumplir las normas de prioridad de paso o si no respeto una señal de stop o semáforo rojo.
4 puntos Por no respetar la señal de un agente de la circulación.

 

Pérdida de la vigencia
La Administración declarará la pérdida de vigencia del permiso o licencia para conducir cuando su titular haya perdido la totalidad de los puntos asignados, notificándoselo al interesado en el plazo de quince días.
El titular del permiso o licencia no podrá obtener un nuevo permiso o una nueva licencia de conducción hasta transcurridos seis meses, contados desde la fecha en que se le notificó la pérdida de vigencia de su permiso o licencia. Este plazo se reducirá a tres meses en el caso de conductores profesionales.
Si durante los tres años siguientes a la obtención del nuevo permiso o licencia fuera acordada su pérdida de vigencia por haber perdido nuevamente la totalidad de los puntos asignados, no se podrá obtener un nuevo permiso o licencia de conducción hasta transcurridos doce meses, contados desde la fecha en que dicho acuerdo haya sido notificado. Este plazo se reducirá a seis meses en el caso de conductores profesionales.

Recuperación de puntos
Para recuperar los puntos perdidos, se podrán realizar los siguientes:
Cursos para la recuperación parcial de puntos

> La superación con aprovechamiento de estos cursos permite recuperar hasta 6 puntos (nunca más de los perdidos).
> Los conductores pueden realizar un curso cada 2 años (los profesionales uno cada año).
> Su duración es de 12 horas.

Cursos para recuperar el permiso o la licencia de conducción
> Aquellos conductores que pretendan obtener de nuevo el permiso o la licencia de conducción deben superar este curso junto con una prueba (tipo test) en la correspondiente Jefatura Provincial de Tráfico.
Si superan la prueba les expedirán un nuevo permiso o licencia de la misma clase y antigüedad que tenía con un saldo de 8 puntos.
> Un conductor que pierde por primera vez el permiso o la licencia de conducción debe esperar 6 meses (3 meses para los conductores profesionales) para poder realizar el curso. Si durante los tres años siguientes pierde nuevamente el permiso o la licencia deberá esperar 1 año (6 meses los profesionales).
> La duración del curso es de 24 horas.

Cursos de conducción segura y eficiente
> La superación de cursos de conducción segura y eficiente compensará con dos puntos adicionales hasta un máximo de quince puntos, y se tenga saldo positivo.
> Se podrán hacer con una frecuencia máxima de un curso de cada tipo cada dos años.
> Su duración mínima, será de seis horas (incluyendo formación teórica y práctica).
Estos cursos no se aplicarán hasta que no entre en vigor la orden que determine el contenido y requisitos.